El Ministerio de Transporte tiene listo un borrador para imponer pico y placa los fines de semana y festivos en los 54,6 kilómetros de la vía Manizales–Murillo. El plazo que le dio el Tribunal de Ibagué vence este 15 de octubre.
Un sábado cualquiera, los yipaos de Murillo suben cargados de turistas hacia el Nevado del Ruiz por una vía que cambia de reglas a mitad de camino. Del lado del Tolima rige un pico y placa ambiental, y del lado de Caldas, desde el primero de julio, se entra sin restricción. El Ministerio de Transporte quiere acabar con esa frontera invisible y su Subdirección de Tránsito ya redactó un borrador de resolución, todavía sin número, fecha ni firma, para extender la medida a todo el corredor.
El asunto es de urgencia. El Tribunal Superior de Ibagué fijó como plazo este 15 de octubre para cumplir las órdenes pendientes sobre el tramo y, para llegar a tiempo, el ministerio propone reducir la consulta pública de 15 días a dos. En la memoria justificativa que acompaña el texto, fechada el 8 de octubre, admite además que la restricción no se basa en ningún cálculo de cuántos visitantes aguanta el páramo.
Según el proyecto de resolución, la restricción por último dígito de la placa regiría los sábados, domingos y festivos, entre las cinco de la mañana y las cuatro de la tarde, en 54,6 kilómetros de las rutas 50CL04 y 50A03, desde La Esperanza, Caldas, hasta la entrada urbana de Murillo, Tolima.
¿Qué dice el proyecto de resolución?
Los fines de semana ordinarios se alternarán placas pares e impares. En los puentes solo entrarán tres dígitos y la secuencia avanzará de tres en tres. El borrador ya tiene calendario para las fechas de mayor afluencia, como el 8 de diciembre, cuando entrarán las placas terminadas en 6, 7 y 8; en Semana Santa de 2027 las terminadas en 9, 0 y 1; y el 20 de julio de 2027 las terminadas en 7, 8 y 9.
Hay, también, prohibiciones que no dependen de la placa ni del horario. El artículo 6 del proyecto de resolución dice que “se prohíbe, durante la vigencia de la presente resolución y a cualquier hora, la circulación por los tramos delimitados de los vehículos de carga cuya capacidad de carga sea igual o superior a tres coma cuatro (3,4) toneladas”. El mismo veto aplica para los vehículos con capacidad para más de 19 pasajeros.
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Quedan exceptuados del pico y placa las ambulancias, los bomberos, la fuerza pública, los carros funerarios en servicio y los vehículos con perecederos de menos de 3,4 toneladas. También los camperos y camionetas de las empresas de transporte municipal, que en la práctica son los yipaos con los que muchos habitantes de Murillo viven de llevar turistas.
El borrador deja una puerta abierta a las gobernaciones de Caldas y Tolima que, de común acuerdo con la ANI y el operador, podrán cambiar fechas, horarios y dígitos en temporadas especiales, “sin que se requiera autorización previa del Ministerio de Transporte”.
¿Cuál es la justificación para aplicar el pico y placa
En la memoria justificativa que acompaña el proyecto de resolución se reconoce que “el proyecto adopta, en lo sustancial, las condiciones previstas en la resolución 1815 de 2026 del Tolima”. Lo que cambia es el alcance, porque la norma departamental solo cubre el lado tolimense de la vía, es decir, un solo lado de la montaña y un solo tramo de la vía.

Ese mismo documento resume el problema que la resolución quiere resolver, ya que “la coexistencia de decisiones territoriales distintas en una carretera continua e interdepartamental genera riesgos de fragmentación regulatoria, falta de certeza para los usuarios y dificultades para organizar señalización, control y divulgación”.
La memoria también admite que la medida no tiene cifras detrás y las restricciones, dice, “no se presentan como una determinación de capacidad de carga turística o ambiental ni como prueba de una reducción cuantificada de impactos”. El dato no es menor porque desde 2020 un fallo de tutela pidió que el plan de manejo del parque definiera esa capacidad de carga turística. Seis años después el Gobierno sigue regulando sin ella.
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Una consulta de dos días
En noviembre de 2020, la Corte Suprema, en la Sentencia STL10716-2020, declaró al Parque Los Nevados sujeto de derechos. Con la vía rehabilitada y los trancones al alza, el Tribunal Superior de Ibagué impuso el primer pico y placa el 24 de octubre de 2024 y lo levantó desde el primero de julio de 2026.
Desde entonces el corredor quedó partido, porque Tolima reactivó la restricción y Caldas se declaró sin competencia. El 7 de octubre, en un trámite de desacato, el tribunal instó a las entidades a cumplir, y ese mismo día se acordó que el ministerio expediría el acto.
La ley prevé 15 días de consulta pública y el ministerio propone dos días calendario, porque, según la memoria justificativa, “la aplicación del término ordinario de quince (15) días calendario extendería la consulta más allá de la fecha prevista para el cumplimiento judicial”. Esa consulta exprés es lo único que falta para que la resolución se firme. Si el ministerio cumple su propio calendario, cerrará el mismo día en que vence el plazo del tribunal.