Cárcel para mujer en Buenaventura señalada de abusar de dos hermanos de 8 y 11 años y grabarlos

4 de octubre de 2026 a las 06:51 pm

Un grave caso de presunta violencia sexual contra menores de edad es investigado en Buenaventura, Valle del Cauca, donde una mujer fue capturada y enviada a prisión por hechos que habrían involucrado a dos hermanos de 8 y 11 años.

La procesada fue identificada como Sharon Hasbleidy Alomía Angulo, quien, de acuerdo con la investigación, tenía una relación de confianza con la familia de los niños.

Los hechos habrían ocurrido entre abril y septiembre de 2026 en inmuebles ubicados en los barrios Centenario y San Francisco, en Buenaventura.

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Según la Fiscalía, la mujer presuntamente aprovechaba esa cercanía para llevar a los menores hasta esos lugares y allí habría cometido los abusos por los que ahora deberá responder ante la justicia.

Uno de los elementos que más preocupa dentro del expediente es que las autoridades investigan si la procesada habría grabado fotografías y videos de contenido sexual con los menores para posteriormente compartirlos o comercializarlos a través de internet.

La mujer fue capturada en vía pública del barrio San Francisco por funcionarios del CTI con apoyo de la Policía de Infancia y Adolescencia.

Posteriormente, un fiscal de la Seccional Valle del Cauca le imputó los delitos de acceso carnal abusivo con menor de 14 años agravado y actos sexuales con menor de 14 años agravado.

Alomía Angulo no aceptó los cargos y un juez ordenó que permaneciera privada de la libertad mientras avanza el proceso.

¿Qué penas podría enfrentar si es declarada culpable?

El Código Penal colombiano establece penas especialmente altas para los delitos sexuales cometidos contra menores de 14 años.

El acceso carnal abusivo con menor de 14 años contempla una pena base de 12 a 20 años de prisión, mientras que los actos sexuales con menor de 14 años tienen una pena de 9 a 13 años. Cuando existen circunstancias de agravación, esos rangos pueden incrementarse entre una tercera parte y la mitad.

En términos generales, esto significa que el acceso carnal abusivo agravado puede llegar, en abstracto, hasta 30 años de prisión, aunque la pena definitiva dependerá de los hechos que logre probar la Fiscalía, de las circunstancias reconocidas por el juez y de las reglas aplicables si existen varios delitos.

Además, si dentro del proceso se llegara a imputar y demostrar la producción, almacenamiento, transmisión o venta de material sexual en el que aparezcan menores de edad, el artículo 218 del Código Penal contempla para el delito de pornografía con personas menores de 18 años penas de 10 a 20 años de prisión y multas de 150 a 1.500 salarios mínimos.

Sin embargo, con la información pública disponible hasta ahora, ese delito no aparece entre los cargos inicialmente imputados, por lo que no debe asumirse que ya hace parte formal del proceso.

La investigación deberá establecer ahora qué ocurrió exactamente, qué material fue encontrado por las autoridades y si existió efectivamente una comercialización en internet.

Por tratarse de menores de edad, sus identidades y cualquier información que permita reconocerlos deben mantenerse bajo absoluta reserva.

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