Presidencia designó a Nicolás Gómez Arenas para asumir determinadas decisiones de ordenamiento territorial en la ciudad. La medida responde a un impedimento que Alejandro Eder presentó desde 2024 y que fue aceptado por la Procuraduría.
Cali tiene un nuevo alcalde ad hoc, aunque esto no significa que Alejandro Eder deje la Alcaldía ni que otro funcionario pase a gobernar la ciudad.
Mediante el Decreto 1479 del 30 de septiembre de 2026, la Presidencia de la República designó a Nicolás Gómez Arenas, jefe de Despacho Presidencial, para conocer los asuntos relacionados con el Plan de Ordenamiento Territorial (POT) y sus instrumentos derivados en los que normalmente tendría que intervenir el alcalde de Cali. La publicación oficial de Presidencia registra el decreto como el acto mediante el cual se designa alcalde ad hoc del Distrito Especial de Santiago de Cali.
La decisión tiene un antecedente que viene desde 2024: Eder se declaró impedido para participar en este tipo de actuaciones por un posible conflicto de interés relacionado con vínculos familiares.
¿Por qué Alejandro Eder no puede intervenir en asuntos del POT?
El 11 de octubre de 2024, Eder manifestó formalmente su impedimento para intervenir en cualquier asunto relacionado con el POT y los instrumentos que se desprenden de este.
Según explicó posteriormente la Alcaldía de Cali, el mandatario advirtió que familiares hasta el cuarto grado de consanguinidad podrían tener inversiones en sectores económicos que eventualmente resultarían impactados por decisiones de ordenamiento territorial.
Entre las actividades mencionadas en los documentos oficiales están la construcción, ingeniería civil, finca raíz, hotelería y actividades inmobiliarias.
La Procuraduría Regional de Instrucción del Valle del Cauca aceptó el impedimento el 6 de noviembre de 2024 y ordenó que Eder se apartara de esas actuaciones.
Esto significa que el impedimento no surgió con la nueva designación ni corresponde a una suspensión del alcalde. Se trata de una restricción específica para determinados asuntos de ordenamiento territorial.
¿Qué podrá hacer Nicolás Gómez como alcalde ad hoc?
El Decreto 1479 establece que Gómez podrá conocer los asuntos relacionados con el POT y otros instrumentos derivados en los que se requiera la intervención correspondiente al cargo de alcalde.
Su competencia, por tanto, está delimitada a ese ámbito.
En la práctica, Eder continúa ejerciendo todas las demás funciones como alcalde de Cali, mientras Gómez interviene únicamente en aquellas decisiones cubiertas por el impedimento.
La figura busca evitar que el mandatario participe en actuaciones en las que previamente declaró un posible conflicto de interés y garantizar que esas decisiones administrativas puedan continuar su trámite.
El decreto también establece que, una vez concluida la gestión encomendada, el funcionario designado deberá presentar el informe correspondiente ante las autoridades señaladas en el acto administrativo.
Cali ya había tenido alcaldes ad hoc por el mismo impedimento
Nicolás Gómez no es el primer funcionario nombrado para asumir estas competencias durante la administración de Alejandro Eder.
Después de que la Procuraduría aceptó el impedimento, el Ministerio del Interior designó en noviembre de 2024 a Andrés Orlando Peña Andrade como alcalde ad hoc para los asuntos relacionados con el POT.
Posteriormente, tras la salida de Peña, en abril de 2025 fue designado Jaime Luis Berdugo Pérez para ejercer esas funciones. La propia Alcaldía de Cali dejó documentada esa sucesión de nombramientos al explicar el alcance del impedimento de Eder.
La nueva designación, entonces, no crea por primera vez la figura dentro de esta administración, sino que establece quién asumirá ahora las competencias que Eder no puede ejercer.
El POT, una de las decisiones de mayor impacto para Cali
El Plan de Ordenamiento Territorial determina buena parte de las reglas sobre cómo puede crecer y transformarse una ciudad, desde la clasificación y uso del suelo hasta los instrumentos que permiten desarrollar determinadas zonas.
Cali adelanta actualmente la revisión de su instrumento de ordenamiento territorial. La Administración Distrital ha informado que el proceso de actualización comenzó en julio de 2024 y ha incluido nuevos estudios técnicos en asuntos como amenazas, riesgos y expansión urbana.
Precisamente por el alcance que tienen estas decisiones sobre el territorio y diferentes sectores económicos, el impedimento presentado por Eder cobija tanto el POT como sus instrumentos derivados.
Por ahora, el Decreto 1479 no identifica públicamente dentro de su parte dispositiva una decisión urbanística específica que Gómez deba resolver primero.
Lo que sí deja claro es el alcance de su papel: no será un alcalde que sustituya a Eder en la administración de Cali, sino el funcionario encargado de intervenir en los asuntos del POT de los que el mandatario titular debe mantenerse apartado.
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